Incentivos fiscales relacionados con la implementación del software

Cualquier compañía tiene derecho a un 12% de deducción fiscal por los gastos relacionados con la implementación de un nuevo software de gestión empresarial, incluso si lo ha desarrollado en años anteriores. Según Alma Consulting, el 92% de los desarrollos software del mercado podrían acogerse a las deducciones fiscales y la cesión de uso de los algoritmos subyacentes a los desarrollos.

Negocios

Cualquier empresa, independientemente del sector de actividad en el que se encuadre y según el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (artículo 35), tiene derecho a un 12%  de deducción fiscal por los gastos relacionados con la implementación de un nuevo software de gestión empresarial que contribuya a la mejora de la eficiencia y productividad de procesos. A partir del ejercicio fiscal del 2012, con la nueva Ley de Economía Sostenible, el porcentaje de deducción por innovación tecnológica ha aumentado del 8% al 12%. Debido a la transversalidad implícita en las TIC, cualquier empresa sea del sector que sea, tendrá derecho a deducirse fiscalmente por la realización de actividades de I+D+i relacionadas con el software, en la medida que cumpla con los criterios que establece la ley, es decir, al menos tiene que ser un desarrollo informático que proporcione una novedad tecnológica sustancial con respecto a lo que la empresa tenía implementado anteriormente. Además, la Dirección General de Tributos ha confirmado la posibilidad de aprovechar inversiones y gastos realizados en años anteriores, y que en su momento no se declararon para la obtención de la deducción fiscal correspondiente, en caso de que cumplan con los criterios que establece la Ley para considerarse Innovación Tecnológica.

Patent Box

De todos los dispositivos fiscales al alcance de las empresas, uno de los que tiene más futuro es el denominado Patent Box. Dentro de las ayudas a las que las empresas se pueden acoger para financiar su I+D+i, el Patent Box, regulado por el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es también susceptible de ser utilizado por todo tipo de empresas, incluso del mismo grupo, siempre y cuando la empresa que adquiere los derechos de uso los utilice para el desempeño de una actividad económica y no esté situada en un paraíso fiscal. El Patent Box consiste en la reducción del 50% de la base imponible generada por los ingresos brutos procedentes de la cesión de determinados activos intangibles creados por la empresa cedente. Todas aquellas empresas que dispongan de patentes, modelos de utilidad, conocimientos secretos o know-how propio que puedan ceder a terceros, podrían aplicarlo obteniendo una importante mejora en su cuenta de resultados.

En cuanto a las empresas de desarrollo software, éstas pueden deducirse por innovación tecnológica siempre que el software que desarrollen suponga una novedad tecnológica sustancial con respecto a lo que tenían, es decir suponga un progreso científico o tecnológico significativo en el marco de la novedad subjetiva. Refiriéndonos al Patent Box, si bien de entrada excluyen los programas informáticos, existe la posibilidad de deducirse por la cesión de uso de los algoritmos que conforman el software tal y como ha declarado la Dirección General de Tributos. El software puede ser considerado innovación tecnológica o I+D (software avanzado). Si es avanzado, las empresas pueden deducirse desde un 25% hasta un 42% como máximo, dependiendo de la media de deducción por I+D de años anteriores. Para demostrar ante la Agencia Tributaria que el software desarrollado es avanzado, ha de aportar alguna mejora real respecto a lo existente en el mercado, contar con algoritmos matemáticos de inteligencia artificial, algoritmos matemáticos de predicción, etc.

Una de las consultoras que se ha puesto manos a la obra en asesorar a las empresas españolas con este tema es Alma Consulting Group. “Somos capaces de hacer una consultoría integral, preguntar a nuestro cliente qué ratios quiere mejorar y estudiar qué dispositivo es el que mejor se adecúa a su situación; transformar el lenguaje técnico al de la Administración Pública, de forma que pueda ver ese cambio sustancial para que el proyecto sea calificado de innovación tecnológica o Investigación y Desarrollo, según corresponda”, explica Gabriela Pulido, consultora senior Financiación de la Innovación de la compañía.



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